Dos artículos, dos listas, dos propósitos
Aunque los nombres son similares — Artículo 69 y Artículo 69-Bdel Código Fiscal de la Federación (CFF) — se trata de listas completamente diferentes que abordan problemáticas fiscales distintas. Confundirlas es un error común que puede resultar en decisiones de compliance incorrectas.
Artículo 69 del CFF
El Artículo 69establece la publicación de listas de contribuyentes que han incurrido en ciertos incumplimientos fiscales. Incluye varias categorías:
- Contribuyentes que tienen créditos fiscales firmes: Adeudos con el SAT que ya no pueden impugnarse legalmente.
- Contribuyentes con créditos exigibles no pagados o garantizados: Adeudos que debieron pagarse y no se hicieron.
- Contribuyentes no localizados: El SAT no puede ubicarlos en su domicilio fiscal registrado.
- Contribuyentes con sentencia condenatoria por delito fiscal: Personas sentenciadas penalmente por evasión u otros delitos fiscales.
- Contribuyentes con créditos fiscales cancelados por incosteabilidad o insolvencia:El SAT canceló el cobro porque no es viable recuperarlo.
- Contribuyentes que se les hubiera condonado algún crédito fiscal: Empresas o personas que recibieron condonación de adeudos fiscales.
En resumen, el Art. 69 identifica a contribuyentes con problemas de cumplimiento fiscal— no pagaron, no se encuentran, o tienen antecedentes penales fiscales.
Artículo 69-B del CFF
El Artículo 69-B es específicamente sobre operaciones simuladas. Se enfoca en empresas que emiten comprobantes fiscales (CFDI) que amparan operaciones inexistentes — las famosas EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas).
La diferencia clave es que el 69-B no se trata de incumplimiento en pagos, sino de fraude fiscal activo: la emisión de facturas falsas para que otros contribuyentes las deduzcan y reduzcan su carga fiscal indebidamente.
Comparación directa
| Aspecto | Art. 69 | Art. 69-B |
|---|---|---|
| Problemática | Incumplimiento fiscal | Facturación de operaciones simuladas |
| ¿Quién aparece? | Contribuyentes morosos, no localizados, condonados | Empresas que emiten facturas falsas (EFOS) |
| Riesgo principal | Contraparte con problemas financieros | Facturas no deducibles + responsabilidad penal |
| Estatus | Lista directa (sin proceso previo de presunción) | Presuntos → Desvirtuados / Definitivos |
| Consecuencia fiscal | Variable según categoría | Comprobantes sin efectos fiscales |
| En AmigoApi | SAT_69 | SAT_69B |
¿Cuál debo consultar?
La respuesta corta: ambas. Cada lista revela un tipo diferente de riesgo:
- Si un proveedor aparece en la lista del Art. 69, tiene problemas de cumplimiento fiscal — puede ser riesgoso como contraparte comercial.
- Si un proveedor aparece en la lista del Art. 69-B, sus facturas pueden no ser deducibles y podrías enfrentar consecuencias legales por usarlas.
Con AmigoApi puedes consultar ambas listas (y más) en un solo request. Nuestro motor de búsqueda con 6 métricas de fuzzy matching y búsqueda fonética Double Metaphone encuentra coincidencias incluso con variaciones en nombres:
curl -X POST https://api.amigoapi.com/search \
-H "Authorization: Bearer YOUR_API_KEY" \
-H "Content-Type: application/json" \
-d '{
"name": "EMPRESA EJEMPLO SA DE CV",
"sources": ["SAT_69", "SAT_69B", "SAT_69B_BIS"],
"threshold": 0.65
}'Cada resultado incluye la fuente específica (SAT_69 o SAT_69B) y scores desglosados por métrica para que puedas tomar decisiones informadas según el tipo de riesgo.
También existe el 69-B Bis
Además del 69-B, existe el Artículo 69-B Bis que aborda la transmisión indebida de pérdidas fiscales. Esto ocurre cuando una empresa “compra” las pérdidas fiscales de otra para reducir su base gravable — otra forma de fraude fiscal que el SAT combate activamente.
AmigoApi incluye las tres listas del SAT: SAT_69, SAT_69B y SAT_69B_BIS. Para conocer más sobre la lista del 69-B en particular, lee nuestro artículo dedicado: Qué es la lista del SAT 69-B y cómo consultarla por API.